subvenciones Andalucía 2017Subvenciones actualmente agotadas

GASINNOVA soluciones integrales, empresa colaboradora de la Junta de Andalucía, les presenta a continuación una visión genérica de las subvenciones aplicables al ahorro energético asociado a las actuaciones en construcción sostenible, pymes y redes inteligentes, que se han establecido desde La Agencia Andaluza de la Energía.

Las tipologías de actuaciones que se incentivan en la línea Construcción Sostenible, englobadas en tres categorías de conceptos incentivables, son las siguientes:

Contrucción sostenible

A. Obras de adecuación para la reducción de la demanda de energía en instalaciones energéticamente eficientes en los edificios e infraestructuras de las ciudades.

A.1. Mejoras en el comportamiento térmico de los edificios o viviendas.

A.1.1. Soluciones tradicionales para el aislamiento en cerramientos, cubiertas o suelo.

A.1.2. Disposición de ventanas o huecos acristalados térmicamente eficientes.

A.1.3. Medidas de protección solar o sombreado.

A.2. Aprovechamiento de la luz natural y su combinación con iluminación artificial en proyectos de arquitectura de la luz.

A.3. Soluciones bioclimáticas o con alto valor añadido.

A.4. Generación de energía para autoconsumo mediante energías renovables e instalaciones de alta eficiencia energética.

A.4.1. Sistemas energéticamente eficientes para la generación de calor.

A.4.2. Sistemas para la generación de electricidad o la cogeneración de calor y electricidad.

A.5. Mejora energética del equipamiento e instalaciones para los servicios públicos y los edificios.

A.5.1. Reforma energética en la climatización, ventilación o refrigeración usada en edificios.

A.5.2. Reforma energética en instalaciones de agua en los edificios y los servicios públicos.

A.6. Dotación de instalaciones energéticamente eficientes de iluminación.

A.6.1. Iluminación interior.

A.6.2. Iluminación exterior y del paisaje.

  1. Procesos o soluciones inteligentes para la evaluación y la gestión energética de los edificios y las ciudades.
  2. Actuaciones de mejora energética en edificios e instalaciones a través de servicios energéticos.

Se contemplan dos categorías de gasto: los conceptos de inversión y los conceptos de gastos asociados a las actuaciones incentivadas:

1.-Conceptos de inversión

  1. Obra civil y sus instalaciones directamente vinculadas a la actuación incentivable.
  2. Adecuación de los elementos de las edificaciones afectadas por la realización de las medidas objeto de los incentivos, inclusive en su caso, la restitución de la realidad alterada por la adecuación a la situación anterior.
    Se establecen los siguientes límites para los costes de adecuación, no considerándose como elegibles, los costes que superen:
    El 50 % del resto de costes incentivables ni el valor de 3.000 euros por vivienda o por comunidad de propietarios, o
    El valor de 200 euros por metro cuadrado de superficie, del establecimiento o local objeto de la actuación, en el resto de edificios.
  3. Equipos y elementos auxiliares, incluidas las instalaciones necesarias para su funcionamiento.
  4. Equipos para la medición, seguimiento, control y gestión de las instalaciones y actuaciones incentivables.

2.-Conceptos de gastos incluidos en la subvención:

  1. Montaje, desmontaje o demolición de elementos existentes.
  2. Planificación, estudios de viabilidad, ingeniería, proyecto, dirección facultativa y diseño del Plan de Gestión de la Energía del edificio. Se incentivan hasta un importe máximo del 15 % de los gastos de inversión de la actuación objeto del incentivo.
  3. Los costes de servicio de consultoría externa,
  4. En el caso de actuaciones ligadas a las infraestructuras de las ciudades para los servicios municipales, los gastos destinados a la difusión y comunicación de las actuaciones en materia de mejora energética incentivadas a través de la presente línea, siempre que se desarrollen en municipios con una población menor de 20.000 habitantes.
  5. En caso de que el beneficiario sea una empresa, los necesarios para llevar a cabo actuaciones de difusión y comunicación de las buenas prácticas incentivadas, excluyéndose aquellas que supongan publicitar una actividad empresarial relacionada con la energía, así como cualquier referencia a la empresa proveedora de las mismas, marca comercial, fabricante y/o distribuidores de los equipos o materiales empleados.
  6. La realización de estudios y gastos que permitan la evaluación comparada de la eficiencia energética.
  7. La evaluación de la viabilidad económica y financiera de actuaciones energéticas promovidas por pymes, cuando éstos se destinan a la obtención de financiación, tanto para la realización de estudios ex ante como ex post

Con carácter general, las entidades colaboradoras intervendrán, en la línea de incentivos Construcción Sostenible, en:

  1. El suministro de bienes o prestación de servicios incentivables.
  2. La ejecución material de las actuaciones incentivables.
  3. La tramitación solicitudes de incentivo, en representación de las personas o entidades beneficiarias.
  4. Como cesionarias del derecho de cobro.

Las subvenciones impartidas por la junta de Andalucía en el programa de construcción sostenible, podrán llegar hasta un 85% dependiendo de la tipología del edificio, el producto a contratar, etc.

Y desde Gasinnova nuestro equipo le atenderá a las cuestiones que le surjan, para aquellas actuaciones Vd. esté pensando realizar, garantizándole el asesoramiento a una solución óptima.

 

 

 

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